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Novedades de la declaración de la Renta 2021 para pymes y autónomos


Adrián Fernández / Madrid

Abril es el mes en el que los contribuyentes tienen que ponerse al día con Hacienda y realizar su declaración de la Renta. Este año, a partir del 7 de abril se podrá presenta la Renta a través de Internet (el 2 de junio arranca la presentación en oficinas) y el plazo se extenderá hasta el 30 de junio.

Este año la pandemia ha traído nuevas novedades que las pymes y los autónomos tienen que tener en cuenta:

Ayudas por cese de actividad

Las ayudas ofrecidas por el cese de actividad deben tributar como rendimientos de trabajo excepto que se indique lo contrario. Los primeros 2.000 euros están exentos de retención pero deberán incluirse en la declaración.

Subvenciones de las Comunidades Autónomas

Por otro lado, si no está indicado como exento de tributar, las subvenciones que han dado las Comunidades Autónomas para paliar los efectos de la Covid-19 también se tendrán que declarar pero en este caso como rendimientos de actividades económicas.


→ Este año, la declaración se podrá hacer desde el 7 de abril hasta el 30 de junio 


Créditos ICO

En el caso de los créditos ICO, antes o después, se tendrán que devolver. Sin embargo, los intereses que se hayan pagado o los gastos de apertura y constitución son deducibles.

Gastos deducibles

Todos los autónomos, en lineas generales, están obligados a realizar la declaración de la Renta (excepto aquellos cuyos ingresos sean inferiores a 1.000 euros el último año). En el momento de hacerla es importante conocer las deducciones que existen cómo pueden ser, por ejemplo, en los gastos de la luz, de agua, de proveedores, de asesoría o de viajes.

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Información adicional:

Si los contribuyentes tienen dudas acerca de como hacer la declaración de la Renta, la Agencia Tributaria pone a su disposición diversos canales para resolverlas:

a) Teléfonos: La Agencia Tributaria atiende al público en estos dos teléfonos: 901 335 533 (de pago) y  91 554 87 70 (gratuito).

b) Web: A través de su web, la Agencia Tributaria resuelve las diversas dudas que le puedan surgir a los contribuyentes.

c) Aplicaciones móviles y tablets: En la aplicación ‘Agencia Tributaria: Servicios Renta’ se pueden realizar gestiones relativas a la campaña de Renta.

d) Youtube: La Agencia Tributaria ofrece en su canal de Youtube videos donde publica tutoriales resolviendo, paso a paso, las dudas más frecuentes de los contribuyentes.

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